{"id":252,"date":"2018-06-15T08:36:50","date_gmt":"2018-06-15T08:36:50","guid":{"rendered":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/?p=252"},"modified":"2018-06-15T08:36:50","modified_gmt":"2018-06-15T08:36:50","slug":"tema-2-el-empresario-y-los-tipos-de-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/2018\/06\/15\/tema-2-el-empresario-y-los-tipos-de-empresa\/","title":{"rendered":"TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><a name=\"_Toc523650690\"><\/a> La figura del empresario: concepto y tipos\n<ul>\n<li><a name=\"_Toc523650691\"><\/a> El empresario riesgo de Knight<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650692\"><\/a> El empresario innovador de Schumpeter<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650693\"><\/a> El empresario como tecnoestructura de Galbraith<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Clasificaciones de empresas\n<ul>\n<li>Seg\u00fan el tama\u00f1o<\/li>\n<li>Seg\u00fan el sector de actividad<\/li>\n<li>Seg\u00fan la propiedad del capital<\/li>\n<li>Seg\u00fan su forma jur\u00eddica<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650695\"><\/a> Formas jur\u00eddicas de la empresa\n<ul>\n<li><a name=\"_Toc523650696\"><\/a> El empresario individual<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650697\"><\/a> La sociedad colectiva<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650699\"><\/a> La sociedad de responsabilidad limitada<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650700\"><\/a> La sociedad an\u00f3nima<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650701\"><\/a> La sociedad laboral<\/li>\n<li><a name=\"_Toc523650702\"><\/a> Las sociedades cooperativas<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.1. La figura del empresario: concepto y tipos<\/strong><\/p>\n<p>La figura fundamental de cualquier empresa es el empresario. A lo largo del siglo XX, distintos autores han elaborado diferentes teor\u00edas sobre el papel que el empresario debe desempe\u00f1ar en la empresa, destacando las caracter\u00edsticas m\u00e1s importantes que, a su juicio, definen el papel del empresario. A continuaci\u00f3n estudiaremos las m\u00e1s importantes:<\/p>\n<p>2.1.1. La teor\u00eda del empresario riesgo de Knight<\/p>\n<p>Para este autor, el riesgo es lo que define al verdadero empresario. La actividad empresarial supone anticipar y asegurar el pago de los factores a cambio de unos hipot\u00e9ticos ingresos futuros. Seg\u00fan esta teor\u00eda, el empresario adquiere o contrata los factores productivos a unos precios <em>predeterminados<\/em> y les paga la renta acordada con ellos (alquileres, sueldos y salarios, intereses y beneficio ordinario, que son los costes\u00a0 de la empresa) <em>antes de conocer<\/em> los ingresos que obtendr\u00e1 por la venta de sus productos, buscando, con ello, un beneficio empresarial o renta residual que es siempre <em>incierto o desconocido<\/em>, debido a la existencia de <em>incertidumbre<\/em> en el desarrollo de la actividad empresarial. Esta incertidumbre implica que el empresario no conoce con certeza las consecuencias que se van\u00a0 a derivar de su actuaci\u00f3n empresarial oblig\u00e1ndole a realizar una serie de previsiones para afrontar el futuro econ\u00f3mico de la empresa. Si el empresario acierta en sus previsiones y los ingresos <em>son mayores<\/em> que los costes, obtendr\u00e1 un beneficio o renta residual (beneficio extraordinario), que es lo que le quedar\u00e1 despu\u00e9s de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su utilizaci\u00f3n, pero si su c\u00e1lculo es err\u00f3neo, tendr\u00e1 que soportar las p\u00e9rdidas que se originen.<\/p>\n<p>Las <u>previsiones que debe realizar el empresario<\/u> son:<\/p>\n<ul>\n<li>Conocer las necesidades de los consumidores y estimar la demanda para sus productos.<\/li>\n<li>Determinar (establecer) los precios de venta de sus productos, o bien, adecuar sus costes a los precios de venta que \u00e9l prev\u00e9 que tendr\u00e1n sus productos en el mercado en el momento en que los tenga que vender.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En funci\u00f3n de la informaci\u00f3n y el grado de conocimiento que el empresario posea sobre la situaci\u00f3n econ\u00f3mica y el comportamiento de los agentes econ\u00f3micos, el grado de incertidumbre ser\u00e1 mayor o menor y en consecuencia las previsiones que realice ser\u00e1n m\u00e1s o menos acertadas.<\/p>\n<h3>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En cuanto a la incertidumbre, esta puede ser medible, en cuyo caso se puede contratar un seguro que la cubra y as\u00ed el empresario no asume el riesgo (<em>Ej.: El empresario estima que un 5% de los productos saldr\u00e1n defectuosos y se los devolver\u00e1n, as\u00ed que contrata un seguro que le cubra ese riesgo, pero, en contrapartida aumentar\u00e1n sus costes y disminuir\u00e1 su beneficio empresarial<\/em>), o no medible, en cuyo caso no se puede asegurar y el empresario debe asumir el riesgo (<em>Ej.: La demanda de sus productos puede aumentar o disminuir<\/em>).<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En resumen, el economista ingl\u00e9s Frank Knight presenta una teor\u00eda del empresario en la que su principal papel consiste en asegurar las rentas a los propietarios de los factores productivos (alquileres, sueldos y salarios, intereses y beneficio ordinario) soportando el riesgo de la actividad econ\u00f3mica de la empresa, y persiguiendo un beneficio empresarial o renta residual (beneficio extraordinario) como recompensa por asumir dicho riesgo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.1.2. El empresario innovador de Schumpeter<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para Schumpeter, el empresario es el principal protagonista del desarrollo econ\u00f3mico capitalista y su principal funci\u00f3n es la <strong>innovaci\u00f3n<\/strong>, es decir, la aplicaci\u00f3n de las invenciones tecnol\u00f3gicas a usos comerciales o industriales.<\/p>\n<p>Seg\u00fan este autor, el sistema econ\u00f3mico tiende a estar en una situaci\u00f3n de equilibrio en la que los ingresos de las empresas son iguales a los costes de producci\u00f3n <strong>m\u00e1s<\/strong> el salario del empresario por dirigir la empresa y que denomina beneficio ordinario; en esta situaci\u00f3n, la renta residual o beneficio extraordinario es cero.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n de equilibrio continuar\u00e1 hasta que un empresario realice alguna innovaci\u00f3n (introduciendo un bien nuevo, abriendo un mercado nuevo, introduciendo un m\u00e9todo de producci\u00f3n nuevo, etc.). Mediante esta innovaci\u00f3n, la situaci\u00f3n de equilibrio se altera y la empresa consigue temporalmente una situaci\u00f3n de monopolio que le permite aumentar el precio de sus productos y obtener un beneficio extraordinario o renta residual, que es lo que le quedar\u00e1 al empresario despu\u00e9s de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su utilizaci\u00f3n y de haber cobrado su salario por dirigir la empresa.<\/p>\n<p>Con el paso del tiempo, otros empresarios (<em>imitadores<\/em>) atra\u00eddos por el alto beneficio, introducen imitaciones con las que compiten con el empresario innovador. Esta competencia hace que los beneficios extraordinarios se reduzcan hasta la situaci\u00f3n inicial de equilibrio, en la que no hay beneficio extraordinario y por tanto no entrar\u00e1n nuevos empresarios imitadores.<\/p>\n<p>En consecuencia, seg\u00fan Schumpeter, el desarrollo econ\u00f3mico en el sistema capitalista es consecuencia del cambio tecnol\u00f3gico, y el empresario es el principal protagonista de este cambio. A\u00f1ade que el cambio tecnol\u00f3gico es un proceso que se lleva a cabo en tres fases distintas que son realizadas por personas diferentes que, adem\u00e1s, responden a distintas personalidades:<\/p>\n<ul>\n<li><strong><em>Invenci\u00f3n<\/em><\/strong>: Se refiere a la creaci\u00f3n o descubrimiento de nuevos productos o de nuevos procesos productivos. No es exclusiva de los hombres de empresa y las personas que las realizan pertenecen al campo de la inventiva y la creatividad.<\/li>\n<li><strong><em>Innovaci\u00f3n<\/em><\/strong>: Acci\u00f3n de poner en pr\u00e1ctica inventos que ya existen o aplicaci\u00f3n de la invenci\u00f3n a usos comerciales o industriales. Esta funci\u00f3n es el principal papel del empresario innovador.<\/li>\n<li><strong><em>Imitaci\u00f3n<\/em><\/strong><strong>:<\/strong> Copia de la innovaci\u00f3n, a la que se cambian aspectos secundarios (dise\u00f1o, envase, color, etc.). La imitaci\u00f3n es realizada por empresarios conservadores o seguidores que cumplen la funci\u00f3n de incrementar la competencia, por lo que el beneficio extraordinario de los innovadores disminuye.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Finalmente, es necesario resaltar que el beneficio extraordinario o renta residual es, seg\u00fan Schumpeter, la recompensa que recibe el empresario por haber sido capaz de realizar una innovaci\u00f3n aplicable al mercado. En esto <strong>difiere<\/strong> de la teor\u00eda de <strong>Knight<\/strong>, cuando dice que es la recompensa que recibe el empresario por el riesgo que asume en el desarrollo de la actividad empresarial; sin embargo, en opini\u00f3n de Schumpeter, el empresario no tiene porqu\u00e9 ser necesariamente la persona que asuma el riesgo, sino que \u00e9sta ser\u00eda el propietario, que es el que aporta el capital, o el prestamista, que es el que concede los pr\u00e9stamos, ya que \u00e9stos son los que sufren las p\u00e9rdidas si la empresa fracasa.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.1.3. El empresario como tecnoestructura de Galbraith<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los pa\u00edses occidentales m\u00e1s desarrollados la actividad econ\u00f3mica est\u00e1 dominada por las grandes corporaciones empresariales que tienen el poder suficiente para influir en el mercado seg\u00fan su conveniencia.<\/p>\n<p>Estas grandes compa\u00f1\u00edas ya no pueden ser dirigidas por una sola persona, sino que necesitan un gran n\u00famero de t\u00e9cnicos profesionales (economistas, ingenieros, jefes de taller, abogados,&#8230;) que act\u00faan de forma conjunta y a los que Galbraith llama <em>tecnoestructura<\/em>.<\/p>\n<p><strong><em>La tecnoestructura es el nombre con que se designa al grupo de personas que aportan a la empresa conocimiento especializado, talento o experiencia para tomar decisiones de grupo que rebasan la capacidad de conocimiento de cada uno de ellos por separado.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Este grupo de personas, llamados directivos o administradores, son los que disponen de los datos necesarios para tomar las decisiones importantes en las grandes empresas y quienes realmente las gobiernan (aunque muchos de ellos no son accionistas), porque los accionistas no tienen ning\u00fan poder real en ese tipo de empresas. Cuando Galbraith habla del empresario, no se refiere a una sola persona, sino al grupo dirigente definido como <em>tecnoestructura<\/em>.<\/p>\n<p>La causa de la dominaci\u00f3n de la tecnoestructura es debida a la <em>separaci\u00f3n entre la propiedad de la empresa (accionistas) y el control o administraci\u00f3n de la empresa (directivos o administradores).<\/em> Esta separaci\u00f3n se produce porque los accionistas al estar muy divididos, mantienen una actitud pasiva y ceden sus derechos a los administradores, de los cuales esperan recibir una remuneraci\u00f3n adecuada por sus aportaciones de capital en forma de una determinada cantidad de beneficios por acci\u00f3n, que se denomina <em>dividendo<\/em>. Las consecuencias de la situaci\u00f3n anterior son:<\/p>\n<ul>\n<li>Los directivos o administradores se quedan con el control de la empresa y ejercen la funci\u00f3n de empresario.<\/li>\n<li>Buscan el crecimiento y la eficiencia de la empresa para mantener la confianza de los propietarios y conservar el poder y a la vez alcanzar sus metas personales<a name=\"_Toc523650860\"><\/a> (dinero, fama, prestigio,&#8230;).<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.2. Clasificaciones de empresas<\/p>\n<p>Existen ciertas leyes o principios econ\u00f3micos que son aplicables a todas las empresas, sean del tipo que sean. Pero junto a estos principios generales, aparecen peculiaridades para cada tipo de empresa, e incluso para cada empresa concreta, seg\u00fan la situaci\u00f3n en la que se encuentre y la contingencia que se le presente.<\/p>\n<p>La variedad de empresas existente es enorme. As\u00ed mismo, se pueden utilizar una gran cantidad de criterios para clasificarlas. De entre todos ellos, vamos a destacar los m\u00e1s utilizados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.2.1. Seg\u00fan su tama\u00f1o<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Este criterio distingue empresas de tres categor\u00edas: <strong><u>peque\u00f1as, medianas y grandes<\/u><\/strong>. Adem\u00e1s, se suele hablar de las PYMES (que agrupa a las empresas peque\u00f1as y medianas) y de las multinacionales, como empresas especialmente grandes sobre las que ampliaremos en el tema 3.<\/p>\n<p>No existe un acuerdo generalizado sobre los criterios para medir el tama\u00f1o de las empresas, ni sobre las dimensiones que han de tener para pertenecer a una u otra clase, debido a que depende de varias circunstancias. Por ejemplo, una peque\u00f1a empresa estadounidense podr\u00eda ser una empresa mediana o grande en Espa\u00f1a. No obstante, los indicadores m\u00e1s utilizados son:<\/p>\n<ul>\n<li>N\u00famero de trabajadores<\/li>\n<li>Volumen de negocio<\/li>\n<li>Activo<\/li>\n<\/ul>\n<p>Un criterio muy utilizado por su sencillez es el del n\u00famero de trabajadores. As\u00ed, se denominan microempresas a aquellas que tienen menos de 10 trabajadores, peque\u00f1as si en ellas hay menos de 50, medianas entre 50 y 250 y grandes m\u00e1s de 250.<\/p>\n<p>En general, el estudio de la gesti\u00f3n empresarial se ha centrado en las grandes empresas aunque en la realidad, la mayor\u00eda de nuestras empresas son peque\u00f1as y medianas (PYMES); En Espa\u00f1a, las PYMES representan el 99% de las empresas, generan m\u00e1s de 2\/3 del PIB y concentran el 80% del empleo. Lo mismo ocurre en la mayor\u00eda de pa\u00edses europeos. Podemos hablar entonces de peque\u00f1a dimensi\u00f3n pero de gran transcendencia social y econ\u00f3mica, ya que la mayor\u00eda de las familias espa\u00f1olas y europeas viven del empleo que proporcionan dichas empresas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las caracter\u00edsticas que definen una PYME son las siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Dispone de una parte reducida del mercado y su actividad no influye en el pa\u00eds ni en la demanda total.<\/li>\n<li>Est\u00e1 dirigida personalmente por sus propietarios no contratando normalmente directivos profesionales.<\/li>\n<li>Son aut\u00f3nomas en cuanto a la toma de decisiones, est\u00e1n libres de control externo dentro del margen de actuaci\u00f3n que les deja el mercado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A su vez, teniendo en cuenta los indicadores anteriormente mencionados, podemos diferenciar entre una PYME, una peque\u00f1a empresa y una microempresa:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"234\">&nbsp;<\/td>\n<td width=\"111\">PYME(med)<\/td>\n<td width=\"135\">Peque\u00f1a empresa<\/td>\n<td width=\"113\">Microempresa<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"234\">N\u00famero de empleados (trabajadores)<\/td>\n<td width=\"111\">&lt;250<\/td>\n<td width=\"135\">&lt;50<\/td>\n<td width=\"113\">&lt;10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"234\">Volumen de negocio (mill. euros)<\/td>\n<td width=\"111\">&lt;50<\/td>\n<td width=\"135\">&lt;10<\/td>\n<td width=\"113\">&lt;2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"234\">Activo (mill. euros)<\/td>\n<td width=\"111\">&lt;43<\/td>\n<td width=\"135\">&lt;10<\/td>\n<td width=\"113\">&lt;2<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de estos indicadores, para catalogar una empresa como PYME, peque\u00f1a empresa o microempresa hay que tener en cuenta otros criterios como la pertenencia a un grupo empresarial o su cuota de mercado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el siguiente cuadro quedan recogidas las principales ventajas e inconvenientes de las PYMES:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"345\">VENTAJAS<\/td>\n<td width=\"345\">INCONVENIENTES<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"345\">Por su proximidad y relaci\u00f3n directa con el cliente, disfrutan de una posici\u00f3n privilegiada en los mercados locales.<\/td>\n<td width=\"345\">Precios m\u00e1s elevados al no poder aprovecharse de las econom\u00edas a escala de las grandes empresas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"345\">Pueden actuar como auxiliares de las grandes empresas en la producci\u00f3n industrial (fabricaci\u00f3n de componentes, de piezas\u2026) o en la distribuci\u00f3n de servicios.<\/td>\n<td width=\"345\">Por lo general, carecen de potencial financiero suficiente teniendo mayor dificultad para acceder a pr\u00e9stamos y cr\u00e9ditos bancarios, y a otras oportunidades de financiaci\u00f3n como la Bolsa, la emisi\u00f3n de obligaciones, etc.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"345\">Flexibilidad y capacidad de superaci\u00f3n ante situaciones de cambio coyuntural. (Crisis)<\/td>\n<td width=\"345\">Los esfuerzos en I+D+i\u00a0 son escasos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"345\">Se encuentran en mejor posici\u00f3n para la adaptaci\u00f3n de productos y t\u00e9cnicas a las necesidades del cliente gracias a su capacidad inventiva o creativa<\/td>\n<td width=\"345\">No tienen control sobre el conjunto de sus proveedores y clientes, perdiendo la posibilidad de imponer condiciones que les permitan disfrutar de una posici\u00f3n ventajosa.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"345\">Posibilidad de cambiar de actividad en poco espacio de tiempo, pues las estructuras productivas y laborales son flexibles. (Organizaci\u00f3n)<\/td>\n<td width=\"345\">No existe una planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica sino que se \u201cvive el d\u00eda a d\u00eda\u201d.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En una econom\u00eda de mercado global, la principal amenaza para la PYME son las grandes multinacionales que dado su gran poder econ\u00f3mico, pol\u00edtico y social pueden dictar las normas de funcionamiento del sector e impedir la entrada de las PYMES o provocar su salida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.2.2. Seg\u00fan el sector de actividad<\/strong><\/p>\n<p>Atendiendo a este criterio, surgen tres clases de empresas: <strong><u>primarias, secundarias<\/u><\/strong><strong><u> y terciarias<\/u><\/strong>. Dentro de cada uno de estos tres grandes sectores, pueden establecerse distintas clasificaciones dependiendo del nivel de desagregaci\u00f3n que se utilice.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Empresas primarias<\/strong>. Son aquellas empresas cuya materia prima principal es una parte de la naturaleza, y cuyo proceso de producci\u00f3n consiste en fomentar el desarrollo natural de ese elemento para comercializarlo. Pertenecen a este sector las empresas agr\u00edcolas, ganaderas, forestales y pesqueras.<\/li>\n<li><strong>Empresas secundarias o industriales<\/strong>. Son aquellas empresas que aplican procesos t\u00e9cnicos de transformaci\u00f3n a las materias primas para obtener productos. Dependiendo de la materia prima a transformar se clasifican en distintas ramas o subsectores de actividad: alimentaci\u00f3n, productos del metal, naval, automovil\u00edstica, etc.<\/li>\n<li><strong>Empresas terciarias o de servicios<\/strong>. Conjunto de empresa cuya funci\u00f3n fundamental es la prestaci\u00f3n de un servicio. Se caracterizan porque no realizan labores t\u00e9cnicas de transformaci\u00f3n. Se incluyen en esta clase subsectores como la banca, la ense\u00f1anza, los servicios profesionales, la hosteler\u00eda, el transporte\u2026<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.2.3. Seg\u00fan la propiedad del capital<\/strong><\/p>\n<p>Atendiendo a este criterio las empresas se clasifican en: <strong><u>privadas, p\u00fablicas y mixtas<\/u><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Empresas privadas<\/strong>. Empresas cuyo capital es propiedad de particulares. Es el tipo de empresa m\u00e1s com\u00fan en el sistema de econom\u00eda de mercado y el que se utiliza como referencia al hablar de empresa en econom\u00eda.<\/li>\n<li><strong>Empresas p\u00fablicas<\/strong>. Aquellas cuyo capital es propiedad del Estado o de cualquier otro Organismo P\u00fablico. Se caracteriza por la existencia de fines u objetivos por encima de los normales de mercado (la b\u00fasqueda del beneficio). Ejemplos: RENFE, CORREOS, SODENA, PLANETARIO, BALUARTE,&#8230; En la actualidad se est\u00e1 procediendo a importantes procesos de privatizaci\u00f3n de empresas p\u00fablicas en muchos pa\u00edses.<\/li>\n<li><strong>Empresas mixtas<\/strong>. Aquellas empresas cuyo capital pertenece, en parte, a Entidades P\u00fablicas, y en parte a los particulares. Dependiendo de cu\u00e1l de ambas fracciones tenga el control de la empresa, se le podr\u00eda incluir en uno u otro de los apartados anteriores. Empresas navarras en las que el sector p\u00fablico tiene una participaci\u00f3n del 50% o menos: EHN, RETENA, LABORATORIOS CINFA, GAS NAVARRA,&#8230;<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.2.4. Seg\u00fan su forma jur\u00eddica<\/strong><\/p>\n<p>Toda empresa debe adoptar alguna de las formas jur\u00eddicas previstas en la normativa espa\u00f1ola. Puede tratarse de un empresario individual, es decir, una sola persona f\u00edsica; o de un empresario social, esto es, una persona jur\u00eddica o sociedad mercantil. Considerando el criterio de clasificaci\u00f3n de la forma jur\u00eddica, se pueden distinguir las siguientes figuras jur\u00eddicas:<\/p>\n<ul>\n<li>El empresario individual<\/li>\n<li>La sociedad colectiva<\/li>\n<li>La sociedad de responsabilidad limitada<\/li>\n<li>La sociedad an\u00f3nima<\/li>\n<li>La sociedad laboral<\/li>\n<li>Las sociedades cooperativas<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>2.3. Formas jur\u00eddicas de la empresa<\/p>\n<p><strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Uno de los criterios de clasificaci\u00f3n m\u00e1s utilizado para diferenciar unas empresas de otras es el que atiende a la forma jur\u00eddica que utilizan para poder funcionar legalmente. Es m\u00e1s, uno de los aspectos que debe analizarse, una vez tomada la decisi\u00f3n de crear una empresa, es el de la forma jur\u00eddica que m\u00e1s convenga y mejor se adapte a las caracter\u00edsticas del proyecto que se pretende desarrollar. La normativa espa\u00f1ola permite adoptar una gran variedad de modalidades, permiti\u00e9ndoles tomar la forma que m\u00e1s se ajuste a sus intereses. Las caracter\u00edsticas que diferencian unas formas jur\u00eddicas de otras son:<\/p>\n<ul>\n<li>La actividad que se va a ejercer<\/li>\n<li>El volumen de capital necesario<\/li>\n<li>El n\u00famero de socios<\/li>\n<li>La forma de acceso a la propiedad de la empresa<\/li>\n<li>La responsabilidad frente a terceros<\/li>\n<li>Los aspectos fiscales y,<\/li>\n<li>El gobierno y representaci\u00f3n de la empresa.<\/li>\n<li>La actividad que se va a ejercer: Algunas actividades est\u00e1n obligadas a constituirse de una determinada forma jur\u00eddica: Seguros, banca, juego, leasing, deben constituirse como Sociedades an\u00f3nimas.<\/li>\n<li>El volumen de capital necesario: o las necesidades econ\u00f3micas del proyecto.<\/li>\n<li>El n\u00famero de socios: Tradicionalmente se ha distinguido entre las formas jur\u00eddicas unipersonales y las societarias. Las primeras eran aquellas en las que el propietario de la empresa era una \u00fanica persona, y las segundas, en cambio, las que ten\u00edan varios propietarios (denominados socios) que formaban una sociedad dedicada a actividades mercantiles.<\/li>\n<li>La forma de acceso a la propiedad de la empresa: La legislaci\u00f3n vigente permite dos maneras de acceder a la propiedad de la empresa:<\/li>\n<li>Una forma consiste en aportar a la empresa <strong>dinero<\/strong> (lo m\u00e1s habitual), <strong>bienes<\/strong> (terrenos, oficinas, ordenadores&#8230;) o <strong>derechos<\/strong> (participaciones en fondos de inversi\u00f3n, bonos del Estado, acciones de otra empresa&#8230;)<\/li>\n<li>La otra forma de acceder a la propiedad de la empresa es aportando <strong>trabajo<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Hay formas societarias que solamente admiten una de las dos maneras y algunas que permiten las dos clases de aportaciones.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en algunos casos el prestigio profesional de los socios es un requisito fundamental y hace que el acceso a la propiedad de la empresa est\u00e9 restringido y precise de la autorizaci\u00f3n de todos los socios, que tratan de evitar la entrada de personas que no cumplan los requisitos que consideran necesarios para asociarse con ellos. En un despacho de abogados, por ejemplo, el prestigio del despacho en su conjunto depende del que tiene cada uno de los abogados que lo forman.<\/p>\n<p>En cambio, existen formas societarias en las que las restricciones a la transmisi\u00f3n de la propiedad son m\u00ednimas (por ejemplo, en una gran empresa como Telef\u00f3nica, uno puede vender sus t\u00edtulos de propiedad sin necesidad de pedir permiso al resto de sus socios).<\/p>\n<p>Por otro lado existen las llamadas empresas de econom\u00eda social. En ellas, sus propietarios deben ser al mismo tiempo trabajadores de la empresa. Esta circunstancia hace que su prioridad no sea tanto los beneficios societarios como la conservaci\u00f3n de su propio empleo. Por ello, la transmisi\u00f3n de los t\u00edtulos de propiedad en este tipo de sociedades no se puede realizar libremente, y es el conjunto de trabajadores-socios el que tiene la \u00faltima palabra a la hora de admitir la incorporaci\u00f3n de nuevos socios.<\/p>\n<ul>\n<li>La responsabilidad frente a terceros: <u>En algunas formas jur\u00eddicas<\/u>, los propietarios responden ante las deudas en las que pueda incurrir la empresa con todo su patrimonio individual, a pesar de que \u00e9ste no est\u00e9 siendo utilizado directamente en la actividad econ\u00f3mica. Por ejemplo, si una empresa contrae deudas que debe pagar y aun vendiendo todo lo que posee no tiene suficiente para saldarlas, el propietario o los propietarios deben pagar el resto recurriendo a su patrimonio sin l\u00edmite alguno. Por ello, en estas empresas se dice que la responsabilidad de sus propietarios es ilimitada. Algunos socios de estas empresas, adem\u00e1s responden de forma subsidiaria (deben hacerse cargo de las deudas, sino lo hace la sociedad); y solidaria (la totalidad de la deuda puede ser exigida a cada uno de los socios o a uno de ellos individualmente)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por el contrario, en <u>otras formas jur\u00eddicas<\/u>, los propietarios solamente responden de las deudas de la sociedad con la cuant\u00eda de su aportaci\u00f3n. Su <strong>responsabilidad<\/strong> es, en este caso, <strong>limitada<\/strong>. Esto significa que, a pesar de que la empresa no pueda pagar la totalidad de las deudas que ha contra\u00eddo con alg\u00fan acreedor, \u00e9ste no podr\u00e1 reclamar m\u00e1s dinero a los propietarios, salvo que \u00e9stos, no hubiesen desembolsado el total de su aportaci\u00f3n comprometida. En este \u00faltimo caso, el socio deber\u00eda hacerlo y perder\u00eda este montante, pero nunca m\u00e1s dinero de lo que corresponde al valor de su participaci\u00f3n en la empresa.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Los aspectos fiscales: <\/strong>Las distintas formas jur\u00eddicas pueden suponer distintas cargas fiscales, dependiendo del tama\u00f1o de la empresa o si se acogen a formas protegidas de econom\u00eda social.<\/li>\n<li><strong>El gobierno y representaci\u00f3n de las empresas: <\/strong>La \u00faltima peculiaridad que diferencia las distintas formas jur\u00eddicas de empresa es la manera en la que se organiza el gobierno de las mismas y su representaci\u00f3n externa.<\/li>\n<li>El gobierno de una empresa lo ejerce la persona u organismo que realiza las actividades relacionadas con su direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. Son estas personas u organismos quienes toman las decisiones importantes que afectan a la vida de la empresa.<\/li>\n<li>La representaci\u00f3n externa de la empresa la ostenta quien responde, ante las autoridades y los tribunales, por las posibles responsabilidades derivadas de actuaciones inadecuadas en el marco de la actividad empresarial.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Exceptuando el empresario individual, en cuyo caso el gobierno y la representaci\u00f3n de la empresa coinciden en la misma persona, en las otras formas jur\u00eddicas se suele separar el organismo que se encarga del gobierno de la empresa del que asume la representaci\u00f3n de la misma.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"1\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>2.3.1. El empresario individual<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>El empresario individual o aut\u00f3nomo es la persona f\u00edsica que ejerce de forma habitual una actividad econ\u00f3mica con \u00e1nimo de lucro, sin estar sujeta por ello a contrato de trabajo.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Pueden ser empresarios individuales los mayores de edad que tengan la libre disposici\u00f3n de sus bienes; y los menores de edad o incapacitados, que lo ejerzan a trav\u00e9s de sus representantes legales.<\/p>\n<p>Al <em>no existir separaci\u00f3n<\/em> entre el patrimonio personal y el patrimonio de la empresa, el empresario, que es el \u00fanico due\u00f1o de la empresa, tiene <strong>responsabilidad<\/strong> <strong>ilimitada<\/strong>, es decir, responde de las deudas de la empresa con todos sus bienes presentes y futuros. En el caso de que el empresario\/a sea una persona casada, si ambos c\u00f3nyuges participan en la misma actividad responden con todo el patrimonio.<\/p>\n<p>Tanto el gobierno o gesti\u00f3n de la empresa como la representaci\u00f3n corresponden a su titular, aunque \u00e9ste puede nombrar apoderados que act\u00faen en su nombre.<\/p>\n<p>La principal<strong> ventaja<\/strong> de estas empresas es que el empresario puede tomar todas las decisiones sin tener que depender de nadie. Adem\u00e1s, todos los beneficios que obtenga la empresa son para \u00e9l.<\/p>\n<p>Los <strong>inconvenientes<\/strong> son que el empresario asume grandes riesgos, ya que responde con todos sus bienes ante cualquier problema, y que el desarrollo de la empresa depende completamente de \u00e9l, de su intuici\u00f3n, su salud, su trabajo, etc. Por estos motivos, las empresas individuales tienen problemas para obtener cr\u00e9ditos o pr\u00e9stamos, lo que dificulta sus posibilidades de crecimiento.<\/p>\n<p>La forma de empresario individual es la opci\u00f3n que toman muchos emprendedores cuando su negocio es peque\u00f1o, con poco riesgo y no hay que realizar una gran inversi\u00f3n inicial (peque\u00f1as tiendas, bares&#8230;). En estos casos, los pocos requisitos formales y la simplicidad de esta forma jur\u00eddica la hacen preferible a otras.<\/p>\n<p>La inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil es potestativa, por tanto, no requiere proceso previo de constituci\u00f3n, ni existe l\u00edmite de capital. La denominaci\u00f3n ser\u00e1 el nombre civil del titular.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>EJEMPLO:<\/u><\/strong> <em>Una persona lleva veinte a\u00f1os trabajando en una gran empresa, en un puesto de mediana responsabilidad, con un horario de jornada intensiva que le permite salir a las tres de la tarde. Con el salario obtenido por su trabajo ha conseguido comprarse un piso en el que vive con su mujer, que no trabaja, y ahorrar en una cuenta del banco 60 mil euros. Aprovechando que tiene tiempo por las tardes decide montar un negocio con los 60 mil euros ahorrados. Comienza su actividad como persona f\u00edsica y, aunque en un principio las cosas parecen irle bien, poco a poco va teniendo dificultades para cumplir sus compromisos de pago con sus proveedores por no alcanzarle los ingresos. En un determinado momento tiene que anunciarles que no puede hacer frente al resto de los pagos, por lo que se procede a liquidar el patrimonio del negocio y todav\u00eda faltan algunos proveedores por cobrar. <\/em><\/p>\n<p><strong><em>\u00bfPodr\u00edan exigir estos proveedores que se les pague con el patrimonio personal del empresario, concretamente con la venta del piso, que es lo \u00fanico que le queda en propiedad?<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.3.2. La Sociedad Colectiva<\/p>\n<p><strong><em>La sociedad colectiva es una sociedad mercantil de car\u00e1cter personalista en la que todos los socios aportan trabajo y adem\u00e1s, muchos de ellos capital (dinero, bienes o derechos).<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Se distinguen dos tipos de socios: <strong>socios capitalistas o colectivos y socios industriales<\/strong>. Los socios colectivos aportan capital y trabajo, los socios industriales s\u00f3lo trabajo.<\/p>\n<p>La responsabilidad de los socios capitalistas o colectivos frente a terceros por las deudas de la sociedad, es <strong><em>subsidiaria<\/em><\/strong>, <strong><em>solidaria e ilimitada<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p>Los <strong><em>socios industriales<\/em><\/strong> s\u00f3lo aportan\u00a0 trabajo y no participan en el gobierno de la empresa.<\/p>\n<p>La denominaci\u00f3n de estas empresas suele estar formado por el apellido de cada profesional que la compone (P\u00e9rez &amp; Romero, S\u00e1nchez &amp; Ruiz), o bien el de alguno de ellos seguido de la expresi\u00f3n \u00aby C\u00eda.\u00bb (S\u00e1nchez y C\u00eda.).<\/p>\n<p>El n\u00famero <strong>m\u00ednimo de socios<\/strong> es <strong>dos<\/strong> y no existe n\u00famero m\u00e1ximo. <strong>No<\/strong> existe un <strong>m\u00ednimo legal para el capital social<\/strong>, ni est\u00e1 estipulada la forma en que ha de desembolsarse.<\/p>\n<p>Su principal <strong>ventaja<\/strong> es que se unen personas que tienen un determinado prestigio en las actividades que desarrollan. Suelen ser las elegidas por los profesionales (abogados, m\u00e9dicos, arquitectos, asesores de empresas, etc.). En ellas, el prestigio de las personas que se asocian es fundamental para la marcha de la empresa, y por eso un cambio de socios significa una modificaci\u00f3n de la sociedad.<\/p>\n<p>Su principal <strong>desventaja<\/strong> es la poca flexibilidad: est\u00e1 prohibido transmitir la participaci\u00f3n en la sociedad sin el consentimiento de los dem\u00e1s socios, por ser una sociedad personalista que se basa en la mutua confianza entre los socios.<\/p>\n<p>El contrato de sociedad, que refleja la intenci\u00f3n de las partes, debe ser formalizado en Escritura P\u00fablica e inscrito en el Registro Mercantil.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.3.3. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Nueva Empresa<\/strong><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\"><strong>[1]<\/strong><\/a><\/p>\n<p><strong><em>La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil de car\u00e1cter capitalista con el capital dividido en participaciones, que no podr\u00e1n incorporarse a t\u00edtulos negociables ni denominarse acciones, y <\/em><\/strong><strong><em>la responsabilidad de los socios est\u00e1 limitada a la aportaci\u00f3n realizada<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Este tipo de sociedad es el m\u00e1s utilizado por las empresas de tama\u00f1o peque\u00f1o y mediano y es muy frecuente en negocios de tipo familiar, porque resulta muy flexible y se ajusta mejor a sus necesidades. Se regula por la Ley 2\/1995, citada anteriormente, que introduce algunas importantes novedades, como la posibilidad de constituir sociedades unipersonales para limitar la responsabilidad de los empresarios individuales que anteriormente actuaban como personas f\u00edsicas y respond\u00edan de su actividad con todo su patrimonio personal.<\/p>\n<p>La <strong>denominaci\u00f3n o raz\u00f3n social no puede coincidir con ninguna otra<\/strong> y deber\u00e1 ir acompa\u00f1ada de las iniciales <strong>S. L. o S. R. L<\/strong>. <strong>El n\u00famero m\u00ednimo de socios es de uno en el caso de S.R.L. unipersonal, o de dos en otro caso, y no existe l\u00edmite m\u00e1ximo de socios<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>El capital social<\/strong> m\u00ednimo es <strong>3.005,06 \u20ac<\/strong> (500.000 pesetas). Dicha cantidad tiene que estar totalmente suscrita y desembolsada en el momento de la constituci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>EJEMPLO: <\/strong><em>El se\u00f1or L\u00f3pez, que trabajaba en una empresa de mec\u00e1nico ha sido prejubilado anticipadamente. Con la indemnizaci\u00f3n recibida, decide montar un peque\u00f1o negocio de reparaci\u00f3n de autom\u00f3viles utilizando un local de su propiedad. Como se va a ocupar \u00e9l exclusivamente de todos los aspectos del negocio piensa que lo m\u00e1s l\u00f3gico es darse de alta como aut\u00f3nomo y ejercer corno persona f\u00edsica. Sin embargo, un amigo le comenta que ser\u00eda m\u00e1s favorable para \u00e9l constituirse en sociedad de responsabilidad limitada unipersonal.<\/em><\/p>\n<p>Comenta brevemente cuales son las principales ventajas e inconvenientes de adoptar una forma jur\u00eddica u otra.<\/p>\n<p><strong>Las participaciones<\/strong>, que representan cada fracci\u00f3n del capital social, son iguales, indivisibles y acumulables y llevan incorporados para el socio, pr\u00e1cticamente, los mismos derechos que las acciones en la sociedad an\u00f3nima. Sin embargo, no pueden representarse por t\u00edtulos que faciliten su transmisi\u00f3n, como ocurre en el caso de las acciones.<\/p>\n<p><strong>Las aportaciones<\/strong> pueden ser en forma de dinero, bienes o derechos.<\/p>\n<p><strong>\u00f3rganos de la S.R.L.<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La<strong> Junta General<\/strong> es el \u00f3rgano supremo de la sociedad y en ella est\u00e1n representados todos los socios que, mediante su voto, participan en la toma de decisiones importantes para la sociedad.<\/li>\n<li>Los <strong>Administradores <\/strong>se encargan de la administraci\u00f3n de la sociedad y responden ante la Junta General. Puede existir un administrador \u00fanico, o constituir un Consejo de Administraci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><u>La sociedad nueva empresa. caracter\u00edsticas<\/u><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Se regula como especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.<\/li>\n<li>S\u00f3lo podr\u00e1n ser socios las personas f\u00edsicas. Al tiempo de la constituci\u00f3n, los socios no podr\u00e1n superar el n\u00famero de cinco.<\/li>\n<li>El capital social no podr\u00e1 ser inferior a 3.012 \u20ac, ni superior a 120.202 \u20ac.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.3.4. La Sociedad An\u00f3nima<\/strong><\/p>\n<p>En las sociedades anteriores el n\u00famero de socios es reducido y es muy importante la relaci\u00f3n de confianza entre ellos. El problema surge cuando crece la empresa y hay que captar un mayor n\u00famero de socios y de capital, con lo que hay que prescindir de la confianza.<\/p>\n<p>Las empresas precisan financiaci\u00f3n cuando desean acometer nuevas inversiones, por ejemplo, captar millones de euros para realizar inversiones en su proceso productivo y comprar m\u00e1quinas nuevas. Dada esta necesidad es por lo que han surgido las Sociedades An\u00f3nimas.<\/p>\n<p>Si las empresas son peque\u00f1as, la captaci\u00f3n de nuevos socios la suelen realizar entre trabajadores, familiares y amigos. Si son entidades importantes que desean conseguir\u00a0 millones de euros, precisan de un mercado organizado de captaci\u00f3n, de tal forma que cumpliendo una serie de requisitos que establece la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores (CNMV), las empresas pueden salir a Bolsa en busca de inversores que se conviertan en accionistas de las mismas. \u00c9sta es una de las formas m\u00e1s baratas de obtener financiaci\u00f3n y de las que m\u00e1s prestigio y notoriedad suele otorgar. Para poder acceder a esos mercados es preciso constituirse en Sociedad An\u00f3nima.<\/p>\n<p><strong><em>La sociedad an\u00f3nima es una sociedad mercantil de car\u00e1cter capitalista cuyo capital social est\u00e1 dividido en acciones que pueden ser transmitidas libremente y la responsabilidad de los socios est\u00e1 limitada a la aportaci\u00f3n realizada.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>La <strong>denominaci\u00f3n no puede ser id\u00e9ntica<\/strong> a la de otra sociedad y debe figurar la expresi\u00f3n <strong>\u00abSociedad An\u00f3nima\u00bb o \u00abS.A.\u00bb.<\/strong> Se puede constituir con <strong>uno, tres o m\u00e1s socios<\/strong>, personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que no responden de forma personal de las deudas contra\u00eddas por la sociedad y que aportan un capital dividido en partes al\u00edcuotas llamadas <strong>acciones<\/strong>. \u00c9stas constituyen la contrapartida que recibe el socio por su aportaci\u00f3n a la sociedad.<\/p>\n<p><strong><em>EJEMPLO. <\/em><\/strong><em>El capital social de una S.A. de 10.000.000 de euros se puede dividir en 100.000 acciones de 100 euros cada una. Si nosotros tuvi\u00e9semos s\u00f3lo una acci\u00f3n de esta supuesta empresa, el valor de nuestra aportaci\u00f3n ser\u00eda de 100 euros, y solamente responder\u00edamos de las deudas de la empresa hasta esa cantidad (responsabilidad limitada).<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El capital social m\u00ednimo es 60.101,21 \u20ac <\/strong>(10.000.000 de pesetas). Ha de estar suscrito totalmente y desembolsado en una cuarta parte en el momento de la constituci\u00f3n, mientras que el resto de las cantidades, que reciben el nombre de <em><u>dividendos pasivos<\/u><\/em>, se deben desembolsar en el tiempo y forma que determinen los Estatutos. <strong>Las aportaciones<\/strong> <strong>pueden consistir en dinero, bienes o derechos<\/strong>, pero nunca trabajo como ocurre en las sociedades personalistas.<\/p>\n<p>Las <u>acciones<\/u> se pueden transmitir libremente, salvo que los Estatutos lo limiten expresamente con acuerdo a la ley, y llevan incorporados, entre otros, los siguientes <u>derechos<\/u>:<\/p>\n<ul>\n<li><em><u>Derecho de voto en la Junta General de accionistas<\/u><\/em><strong><em>. <\/em><\/strong>Las decisiones m\u00e1s importantes de la sociedad se adoptan en la Junta a trav\u00e9s del voto de los accionistas.<\/li>\n<li><em><u>Derecho al dividendo activo<\/u><\/em><em>. <\/em>El accionista tiene derecho a participar en el reparto de beneficios que se haya acordado en la Junta General.<\/li>\n<li><em><u>Derecho a participar en la cuota de liquidaci\u00f3n<\/u><\/em><em>. <\/em>Cuando se liquida la sociedad, los accionistas tienen derecho a participar en el reparto de los bienes y derechos que resulten despu\u00e9s de haber satisfecho todas las deudas de la sociedad.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00d3RGANOS DE LA S.A.<\/strong><\/p>\n<p>La<strong> Junta General<\/strong> <strong>de Accionistas<\/strong> es la reuni\u00f3n de los accionistas para deliberar y decidir sobre los asuntos de la Sociedad. Para que est\u00e9 v\u00e1lidamente constituida se requiere que haya sido debidamente convocada y que se alcance el qu\u00f3rum de asistencia exigido. Los votos que tiene cada accionista son proporcionales al n\u00famero de acciones que posee cada uno y los acuerdos se toman por mayor\u00eda del capital presente o representado.<\/p>\n<p>Las competencias de la Junta General de Accionistas, entre otras, son: la elecci\u00f3n de las personas que deben llevar la administraci\u00f3n de la empresa (el Consejo de Administraci\u00f3n);\u00a0\u00a0 decidir si se revoca a los administradores en su cargo, o si hay que exigirles responsabilidades por su administraci\u00f3n; realizar modificaciones de los estatutos sociales,&#8230; Por \u00faltimo, la Junta aprueba las cuentas anuales de la sociedad y decide c\u00f3mo se van a repartir los beneficios que se han conseguido.<\/p>\n<p>Los <strong>Administradores <\/strong>son las personas que desempe\u00f1an las funciones de gobierno y representaci\u00f3n de la Sociedad. Son elegidos por la Junta General de Accionistas. Este \u00f3rgano puede adoptar varias formas:<\/p>\n<ul>\n<li>Un administrador \u00fanico.<\/li>\n<li><em>Consejo de Administraci\u00f3n. <\/em>Los miembros de este Consejo, tres o m\u00e1s, son elegidos por la Junta General por mayor\u00eda de votos, aunque las minor\u00edas tienen derecho a una representaci\u00f3n proporcional.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.3.5. La Sociedad Laboral<\/strong><\/p>\n<p>Las sociedades laborales surgieron como consecuencia de la crisis econ\u00f3mica generalizada de los a\u00f1os 1970 y que tuvo su mayor incidencia en el sector industrial. Sus <u>objetivos principales<\/u> eran:<\/p>\n<ul>\n<li>El intento de asegurar el puesto de trabajo en una situaci\u00f3n de crisis.<\/li>\n<li>Satisfacer el deseo de participaci\u00f3n de los trabajadores en el gobierno y los beneficios de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>La Sociedad Laboral es una sociedad an\u00f3nima o de responsabilidad limitada en la que la mayor\u00eda del capital social es propiedad de trabajadores fijos que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, siempre y cuando concurran los requisitos establecidos en la ley.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Estas sociedades pueden ser de <strong>dos tipos:<\/strong> Sociedad An\u00f3nima Laboral (S.A.L.) o Sociedad Limitada Laboral (S.L.L.).<\/p>\n<p>La <strong>mayor\u00eda de los socios deben ser trabajadores<\/strong> <strong>de la <\/strong>empresa, por lo que se les denomina empresas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>En cuanto a sus <strong>ventajas<\/strong>, esta sociedad tiene las mismas que las sociedades an\u00f3nimas o las limitadas. Adem\u00e1s, el hecho de que la mayor\u00eda de sus socios sean trabajadores de la empresa hace que el trabajo se convierta en una de sus prioridades, tal y como sucede en las cooperativas.<\/p>\n<p>Ejemplos de S.A.L.: LA MONTA\u00d1ESA, EMBUTIDOS PAMPLONICA&#8230;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2.3.6. La Sociedad Cooperativa<\/p>\n<p><strong><em>La cooperativa es una sociedad constituida por personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas con intereses o necesidades comunes que se asocian para realizar una actividad empresarial, con estructura y funcionamiento democr\u00e1tico.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se rigen por los principios <em>de <strong>libre adhesi\u00f3n <\/strong>y<strong> puerta abierta<\/strong><\/em>. La incorporaci\u00f3n y la baja de los socios son voluntarias y libres para todo el que cumpla las condiciones exigidas por la cooperativa.<\/p>\n<p><strong>El capital<\/strong> de la cooperativa es <strong>variable <\/strong>y est\u00e1 constituido por las aportaciones de los socios: aumenta con la incorporaci\u00f3n de nuevos socios y disminuye cuando alguno se da de baja.<\/p>\n<p>Los Estatutos fijar\u00e1n el capital social m\u00ednimo con el que puede constituirse la cooperativa. Deber\u00e1 estar totalmente desembolsado desde su constituci\u00f3n<strong>.<\/strong> El <strong>capital social est\u00e1 dividido en aportaciones<\/strong> <strong>nominativas <\/strong>de los socios y, en su caso, de los asociados y los socios colaboradores.<\/p>\n<p><strong>La responsabilidad<\/strong> de los socios por las deudas sociales estar\u00e1 <strong>limitada<\/strong> a las aportaciones al capital social que hubieran suscrito.<\/p>\n<p><strong>La denominaci\u00f3n<\/strong> de la sociedad incluir\u00e1 necesariamente las palabras \u00abSociedad Cooperativa\u00bb o \u00abS. Coop.\u00bb<\/p>\n<p>Su principal <strong>ventaja <\/strong>es que surge de la uni\u00f3n de personas que se asocian para realizar una actividad econ\u00f3mica que sea beneficiosa para todas ellas. Adem\u00e1s, su prioridad por el empleo hace que los ajustes necesarios que se producen, cuando los ingresos disminuyen, se realicen a trav\u00e9s de una reducci\u00f3n de su participaci\u00f3n en los ingresos, pero no a trav\u00e9s del despido de parte de los trabajadores.<\/p>\n<p>Uno de los <strong>inconvenientes <\/strong>que tiene la cooperativa es que los socios pueden no estar dispuestos a realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo en el que ellos prev\u00e9n permanecer en la empresa. Adem\u00e1s, los cooperativistas, a pesar de que tienen una responsabilidad limitada sobre las deudas sociales, asumen un riesgo alto ya que los problemas de la empresa pueden dejarlos sin capital y sin trabajo. Otro de sus inconvenientes, a nivel nacional, es la pluralidad de normas que existe para regular estas sociedades. La mayor\u00eda de las comunidades aut\u00f3nomas han desarrollado su propia Ley de Cooperativas.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00d3rganos de la sociedad cooperativa<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>La Asamblea General<\/strong>. Es el principal \u00f3rgano de la cooperativa que re\u00fane a los socios para deliberar y tomar acuerdos; cada cooperativista tiene un voto.<\/li>\n<li><strong>El Consejo Rector<\/strong>. Es el encargado de la administraci\u00f3n y representaci\u00f3n de la sociedad<\/li>\n<li><strong>Los Interventores<\/strong>. Su labor consiste en la revisi\u00f3n de las cuentas anuales.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Destacar el <strong>Grupo Mondrag\u00f3n<\/strong>. Es uno de los mayores grupos cooperativos del mundo. Lo constituyen 150 empresas de diversos sectores. Algunas de \u00e9stas son: Eroski, Fagor, Caja Laboral, Mapsa (fabricante de llantas de aluminio), Seguros Lagunaro&#8230;.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ANEXO<\/strong><\/p>\n<p>La C\u00e1mara Navarra de Comercio e Industria es una corporaci\u00f3n de derecho p\u00fablico cuya finalidad es la representaci\u00f3n, defensa y promoci\u00f3n de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios de Navarra. Est\u00e1 integrada por todas las empresas y aut\u00f3nomos que ejercen una actividad comercial o industrial en nuestra Comunidad, excluidas las actividades agr\u00edcolas, ganaderas y pesqueras de car\u00e1cter primario y los servicios de agentes y corredores de seguros que sean personas f\u00edsicas, as\u00ed como los correspondientes a profesionales liberales no incluidas expresamente en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara tiene como funci\u00f3n prestar servicios de informaci\u00f3n, formaci\u00f3n, asesor\u00eda y asistencia t\u00e9cnica a estas empresas. Entre la informaci\u00f3n recogida y tratada por la C\u00e1mara Navarra extraemos estos datos relacionados con la clasificaci\u00f3n de las empresas navarras seg\u00fan su tama\u00f1o y por sectores de actividad:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Aunque los par\u00e1metros de clasificaci\u00f3n de las empresas seg\u00fan su tama\u00f1o por n\u00famero de trabajadores no coinciden con los explicados anteriormente, ya hemos comentado c\u00f3mo estos no son fijos. En este caso, a pesar de no ser los m\u00e1s comunes, la C\u00e1mara Navarra ha utilizado los del gr\u00e1fico, mostrando igualmente la importancia de las PYMES en la econom\u00eda navarra.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> LEY 7\/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2\/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, <u>(BOE 2 de abril de 2003)<\/u>: en vigor a partir del 2 de junio de 2003).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA &nbsp; &nbsp; La figura del empresario: concepto y tipos El empresario riesgo de Knight El empresario innovador de Schumpeter El empresario como tecnoestructura de Galbraith Clasificaciones de empresas Seg\u00fan &hellip; <a href=\"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/2018\/06\/15\/tema-2-el-empresario-y-los-tipos-de-empresa\/\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":160,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-252","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-tema2economiaempresa"],"featured_image_src":null,"featured_image_src_square":null,"author_info":{"display_name":"geografiaehistoria","author_link":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/author\/geografiaehistoria\/"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/252","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/users\/160"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=252"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/252\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":253,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/252\/revisions\/253"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=252"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=252"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/iesplazadelacruz.educacion.navarra.es\/web1\/geografiaehistoria\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=252"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}